Se me plantea la duda de si un autónomo miembro de sociedad puede contratar a su esposa con un contrato indefinido y acogiéndose a la bonificación del 100 durante 12 meses o si por el contrario debería darlo de alta como autónomo colaborador. ¿En este ultimo caso tendría derecho a algún tipo de reducción en las cuotas el autónomo colaborador?

La TGSS ( Tesoreria General de la Seguridad Social ) considera dentro del campo de aplicación del Régimen Especial de Autónomos a los familiares de aquellos autónomos societarios que posean, al menos, la mitad del capital de la sociedad distribuido entre socios, con los que conviva, y a quienes se encuentre unido un vínculo conyugal o de parentesco por consanguinidad, afinidad o adopción, hasta el segundo grado.  Es decir,  debe causar alta en RETA ( Régimen Especial de Trabajador Autónomo ) como familiar colaborador.

Un autónomo colaborador es un familiar directo del trabajador autónomo titular que trabaja para él. No existe ningún tipo de bonificación en relación a un autónomo colaborador. 

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