Con fecha 29 de abril de 2021 se publica en el BOE la Ley 6/2021, de 28 de abril, por la que se modifica la Ley 20/2011, de 21 de julio, del Registro Civil, y entre otras modificaciones encontramos la relativa a los Libros de Familia:

» A partir de la entrada en vigor de la presente Ley no se expedirán Libros de Familia «

La principal consecuencia es que se elimina el soporte físico en papel ya que se ha previsto que en cada registro individual conste una hoja o extracto en la que figuren los datos personales de la vida del individuo.

Todo quedará digitalizado a través de un registro electrónico , así por ejemplo cuando nazca un bebe a los progenitores se les entrégará un documento tipo pdf donde consten todos los datos de la persona recien nacida. Este documento tendra un CSV Codigo Seguro de Verificación con el que se podra acceder a la información del Registro Civil en la web del Ministerio de Justicia.

¿HABLAMOS?