El derecho a las vacaciones no se pierde
Un trabajador no puede perder automáticamente sus derechos a vacaciones anuales retribuidas por no haberlas solicitado
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea declara que el Derecho de la Unión se opone a que un trabajador pierda automáticamente los días de vacaciones anuales retribuidas a los que tenía derecho y, consiguientemente, su derecho a una compensación económica en concepto de vacaciones anuales retribuidas no disfrutadas por el mero hecho de no haber solicitado las vacaciones antes de la extinción de la relación laboral (o durante el período de referencia).
El trabajador solo puede perder este derechoe si el empresario le ha permitido efectivamente, en particular informándole de manera adecuada, tomar los días de vacaciones en tiempo útil, extremo que debe probar de forma fehaciente el empresario.
Jose Manuel Orejón Camacho
Compartir en Twitter · Compartir en Facebook · Compartir en Google+ · Compartir en Linkedin